Criterio · Corte Suprema · rol 289-2011
La cosa juzgada en materia penal se fundamenta en la seguridad jurídica del ciudadano para evitar nueva injerencia estatal por el mismo hecho ya resuelto judicialmente. (síntesis IA)
Este criterio proviene de citas textuales transcritas en fallos TTA — no del texto original del tribunal superior — y es verificable en cada sentencia TTA enlazada.
“la cosa juzgada es un concepto básico del derecho procesal encaminado a evit ar que una cuestión ya fallada en un juicio pueda s er planteada nuevamente en otro litigio. Se trata…”
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