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Sentencia de tribunal superior · Poder Judicial
Rol 8-2012

Osvaldo Gutierrez Castro con Servicio Impuestos Internos Direc Regional Concepcion

Apelación
Tribunal
Corte de Apelaciones de Concepción
Rol
8-2012
Fecha
29 de junio de 2012
Recurso
Tributario-Apelación artículo
Resultado
FALLADA/REVOCADA

Texto de la sentencia

Foja: 54

Cincuenta y Cuatro

C.A. de Concepción

irm

Se anunció revocando el abogado Julián Carrasco, 10 minutos. Alegó. Concepción, veintinueve de junio de dos mil doce. Rol N°8-2012. Tributaria y aduanero.

Anamaría Sauterel Jouannet

Relatora Ad-hoc.

Concepción, veintinueve de junio de dos mil doce.-

VISTO:

PRIMERO. Que, conforme al mérito de los antecedentes, especialmente, del escrito de descargos presentado por el contribuyente a fojas 2 de estas compulsas, resulta que éste ha reconocido, en lo pertinente, los hechos denunciados por la parte del Servicio de Impuestos Internos; agregando, sin embargo, ciertas circunstancias fácticas que, en su concepto, lo eximirían y/o atenuarían de la responsabilidad infraccional que se le reprocha.-

SEGUNDO: Que, en el presente procedimiento, regulado por el artículo 165 del Código Tributario, la cuestión controvertida, en el caso sub lite, quedó delimitada por el escrito de descargos presentados por el contribuyente y la contestación del Servicio, de manera que conforme a su mérito debe el tribunal determinar los hechos substanciales, pertinentes y controvertidos que deberán ser objeto de prueba.-

TERCERO: Que, así las cosas, esta Corte acogerá el recurso de apelación subsidiario deducido en el otrosí del escrito de fojas 29 de estas compulsas sólo en cuanto se sustituye el punto de prueba por el propuesto por la apelante.-

En mérito de estas reflexiones y lo dispuesto en el art. 132 y 165 N° 6 del Código Tributario se MODIFICA la resolución que recibió la causa a prueba, del once de abril de dos mil doce, escrita a fojas 22 de estas compulsas, en el sentido que se sustituye el punto de prueba N° 1 por el siguiente: “Concurrencia de las circunstancias de hecho alegadas por la reclamante que le impidieron emitir la documentación tributaria.”

Devuélvase.

Redacción de la Ministro señora Matilde Esquerré Pavón.

Rol 8-2012 Tributario y Aduanero

Sra. Lermanda

Sra. Esquerré

Sr. Montecinos

PROVEIDO POR LAS MINISTROS DE LA SEXTA SALA Sra. Raquel Lermanda Spichiger, Sra. Matilde Esquerré Pavón y abogado integrante señor Jorge Montecinos Araya.

Gonzalo Díaz González

Secretario

En Concepción, a veintinueve de junio de dos mil doce, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.

Gonzalo Díaz González

Secretario

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