Socovesa Desarrollos Comerciales S.A con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente - (lte) - Vista en Pos del Anterior, IC. N°121-2024
Texto de la sentencia
C.A. de Santiago
Santiago, siete de junio de dos mil veinticuatro.
Vistos y teniendo, además, presente:
1°) Que el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, en causa RIT GR-17-000133-2017, el 1 de febrero de 2024, dictó sentencia definitiva resolviendo dejar sin efecto parcialmente las liquidaciones Nros. 59, 60 y N°61, de 9 de mayo de 2017, y ordenando al Servicio de Impuestos Internos practicar la respectiva reliquidación, de acuerdo con los fundamentos expuestos en dicho fallo.
2°) Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6° de la letra B del artículo 6° del Código Tributario, corresponde al Director Regional adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento administrativo a lo resuelto, lo que implica reliquidar, en caso de ser procedente, los impuestos respecto de la sociedad y determinar el resultado tributario de los años tributarios 2015 y 2016 conforme a las partidas que resultaron acreditadas en el proceso y, además, teniendo en consideración el resultado tributario determinado para el año tributario 2014 en la causa RIT Nro. GR-17-00095-2017. Asimismo, consecuencia de ello, en la oportunidad correspondiente, deberá determinar la procedencia o no de una devolución por concepto de Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (PPUA) para el AT solicitado.
3°) Que, atendido lo razonado, los fundamentos del fallo apelado, los que esta Corte comparte, corresponde mantener la sentencia en alzada en los términos resueltos por el a quo.
Y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 140 del Código Tributario, se confirma la sentencia apelada de uno de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, en causa RIT GR – GR-17-00133-2017.
Regístrese y comuníquese.
N°Tributario Y Aduanero-122-2024.