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Sentencia de tribunal superior · Poder Judicial
Rol 244-2017

Agro Cable Comunicaciones S.A. / Servicio de Impuestos Internos XIV DR Santiago Poniente

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Rol
244-2017
Fecha
13 de noviembre de 2017
Recurso
Tributario-Apelación incidente o resolución
Resultado
REVOCADA

Texto de la sentencia

CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó, por el recurso, el abogado don Tyrone Yáñez, por 10 minutos. Santiago, trece de noviembre de dos mil diecisiete.

Patricio Hernández Jara

Relator

C.A. de Santiago

Santiago, trece de noviembre de dos mil diecisiete.

Vistos:

Atendido el mérito de autos y lo dispuesto en el artículo 139 y siguientes del Código Tributario, se revoca, en lo apelado, la sentencia de veintitrés de junio de dos mil diecisiete, escrita a fojas 58 y 58 vuelta de estas compulsas y, en consecuencia, se modifican los puntos N°s 2 y 3 de prueba, quedando del siguiente tenor:

2° Acredítese la correcta determinación y declaración de los gastos rechazados afectos con la tributación del impuesto único del inciso 3° del artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, correspondiente al AT 2013, que fue observado por el Servicio en el apartado “Impuesto Único del inciso 3° del Artículo. 21 Ley de la renta” código (113) de la Liquidación reclamada. Antecedentes y circunstancias de hecho que lo justifiquen.

3° Efectividad de haberse proporcionado por la reclamante todos los antecedentes requeridos por el Servicio de Impuestos Internos en la Citación N°132313905, de fecha 15 de diciembre de 2015, en el punto 7.- del escrito que evacua traslado del reclamo. Antecedentes y circunstancias de hecho que lo justifiquen.

Devuélvase.

N°Tributario y Aduanero-244-2017.

Pronunciada por la Undécima Sala, integrada por los Ministros señor Juan Manuel Muñoz Pardo, señor Jorge Luis Zepeda Arancibia y el Abogado Integrante señor Sebastian Ramon Hamel Rivas. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, trece de noviembre de dos mil diecisiete, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

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