Inversiones y Rentas Eurosuper Limitada con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VI DR RANCAGUA
Contribuyente y SII llegan a avenimiento total mediante beneficio de condonación de intereses y multas establecido en Ley 21.713, por liquidaciones tributarias en disputa desde 2018.
Ha LugarCasaciónTexto de la sentencia
Santiago, marzo de dos mil veinticinco.
ACTA ARTÍCULO 33 TRANSITORIO LEY 21.210.
Primero: Que en estos autos Rol N° 10221-22, con fecha 31 de marzo de 2022, se ordenó dar cuenta de los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por el contribuyente en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua de veintitrés de febrero de dos mil veintidós, que confirmó la del Tribunal Tributario y Aduanero.
Segundo: Que con fecha 30 de enero de 2025, la VI Dirección Regional Rancagua, emitió la Resolución Ex. N° 54, mediante la cual se ha verificado el cumplimiento de las exigencias, para que proceda el beneficio establecido en el artículo 12 de la Ley N° 21.713, al que acceden a los montos determinados en las Liquidaciones N° 131 a 134 de 28 de agosto de 2018. El contribuyente ratificó lo expuesto por el Servicio de Impuestos Internos, solicitando que esta Corte Suprema levantara el acta que al efecto establece la Ley.
Tercero: Que con fecha 24 de octubre de 2024, se publicó la Ley 21.713, que dicta normas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro del pacto por el crecimiento económico, el progreso social y la responsabilidad fiscal, entre sus disposiciones se encuentra el artículo 12 transitorio que señala que ¿Los contribuyentes que a la entrada en vigencia de la presente ley mantengan gestiones judiciales pendientes por reclamos de giros o liquidaciones de tributos ante Tribunales Tributarios y Aduaneros, Cortes de Apelaciones o Corte Suprema, por una única vez entre el primer día del mes siguiente al de publicación de la presente ley y el 31 de diciembre de 2024, podrán poner término a dichas gestiones judiciales siempre que se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2024, sobre la base que, reconociendo la deuda tributaria debidamente reajustada, se les conceda una condonación total de intereses y multas por parte del Servicio de Impuestos Internos ¿
Cuarto: Que verificados los requisitos establecidos en la norma precedentemente transcrita, habiéndose acompañado copia de la resolución del Director que accede al beneficio impetrado, y la copia del depósito a la vista se levanta la presente acta, poniendo término a la presente causa, la que como establece la Ley tiene el carácter de sentencia ejecutoriada.
Sirva la presente resolución de suficiente Acta.
Atendido lo resuelto, devuélvanse estos antecedentes al Tribunal de origen.
Rol N° 10221-2022
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