Pedro Massone Parodi con Servicio de Impuestos Internos
Recurso de casación en la forma interpuesto por contribuyente contra resolución de la Corte de Apelaciones de Valparaíso en litigio sobre modificación de avalúo y cobro suplementario de contribuciones. La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso por no reunir los requisitos legales de admisibilidad.
InadmisibleCasaciónTexto de la sentencia
Santiago, once de julio de dos mil doce.
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:
PRIMERO: Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil establece que el recurso de casación en la forma tiene lugar contra sentencias definitivas y contra sentencias interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación y, excepcionalmente, contra sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada o sin señalar día para la vista de la causa.
SEGUNDO: Que en este juicio sobre modificación de avalúo, del giro y cobro suplementario de contribuciones, el reclamante interpuso recurso de casación en la forma contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que declaró que no le correspondía emitir pronunciamiento atendido el mérito del procedimiento de autos, y devolvió los antecedentes al Servicio de Impuestos Internos para que concediera el recurso ante el tribunal competente.
TERCERO: Que como puede advertirse la resolución objetada por la vía del recurso de casación en la forma no comparte la naturaleza de las sentencias señaladas en el considerando primero, desde que no es una sentencia definitiva ni tampoco es una interlocutoria de aquellas que ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, ni ha sido dictada con los vicios referidos, por el contrario, la resolución impugnada permite revisar la decisión cuestionada a través del tribunal legalmente competente.
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766 y 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto en lo principal de fojas 35 en contra de la resolución de 10 de mayo de 2012, escrita a fojas 31.
Regístrese y devuélvase.
Rol Nº 4.585-2012.
Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Milton Juica A., Hugo Dolmestch U., Carlos Künsemüller L, Haroldo Brito C. y el abogado integrante Sr. Jorge Lagos G.
Autorizada por la Ministro de Fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a once de julio de dos mil doce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.
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