SOC. Comercial e Inversiones San Andrés LTDA. con Servicio de Impuestos Internos
Sociedad Comercial E Inversiones San Andrés reclamó liquidaciones tributarias de IVA y Renta Primera Categoría con recargos y multas, argumentando pérdida fortuita de documentación. La Corte Suprema rechazó el recurso de casación por falta de fundamento.
InadmisibleCasaciónTexto de la sentencia
Santiago, veintinueve de abril de dos mil catorce.
Vistos y teniendo presente:
1° Que en representación de la parte reclamante se recurre de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso a fs. 91, que confirmó el fallo de primer grado de fs. 53.
2° Que en el recurso de casación en la forma se invoca la causal del N° 2 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, alegándose que la vista de la causa ante el Tribunal de Alzada se realiza con la integración del Ministro Sr. Luis Alvarado, no obstante haberse certificado a fs. 84 que le afecta a éste la causal de inhabilidad del artículo 195 N° 6 del Código Orgánico de Tribunales.
Al respecto, se omite en el recurso advertir la constancia de fs. 89, previa la vista de la causa, por la cual el aludido Ministro manifiesta no afectarle la inhabilidad ya referida, con lo que el vicio acusado no constituye la causal de casación invocada, pues la sentencia impugnada no ha sido pronunciada con la concurrencia de un juez legalmente implicado, o cuya recusación esté pendiente o haya sido declarada por tribunal competente y, en razón de lo anterior, el arbitrio de nulidad formal no puede ser admitido a tramitación.
3° Que respecto del recurso de casación en el fondo, mediante éste se denuncia la infracción de los artículos 31 de la Ley de Impuestos a la Renta , 65 y 97 N°s . 4 y 7 del Código Tributario, cuestionando el habérsele exigido al reclamante la presentación de documentación que había sido previamente declarada como objeto de una pérdida fortuita, y aceptada como tal por el Servicio de Impuestos Internos, así como la determinación de los recargos y multas a los impuestos objeto de liquidación.
El recurso así planteado descuida explicitar y explicar en qué consiste la errada aplicación de las normas impositivas correspondiente al impuesto a la Renta de Primera Categoría, y al Impuesto al Valor Agregado, objeto de las liquidaciones reclamadas; además basa sus alegaciones en el carácter fortuito de la pérdida de la documentación requerida por el ente fiscalizador, circunstancia que no ha sido establecida en ninguna de las instancias de este proceso; y por último, la aplicación de los recargos y multas en las liquidaciones, que confirman los sentenciadores, no es sino estricta aplicación de los preceptos legales que rigen la materia. Así las cosas, lo recién expuesto da cuenta de la manifiesta la falta de fundamento de que adolece el recurso en su sección sustantiva, que impide que pueda prosperar.
Y visto además lo dispuesto en los artículos 772 , 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto en lo principal de fs. 99, y por manifiesta falta de fundamento, se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido en el primer otrosí de fs. 99.
Regístrese y devuélvase.
Rol N° 5541-14.
Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Hugo Dolmestch U., Carlos Künsemüller L., Juan Fuentes B., Lamberto Cisternas R. y el abogado integrante Sr. Luis Bates H.
Autorizada por la Ministro de Fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a veintinueve de abril de dos mil catorce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.
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