Forestal San Pedro con Servicio de Impuestos Internos
Corte Suprema rechaza por inadmisible recurso de casación en la forma interpuesto por Forestal San Pedro contra sentencia que confirmó rechazo de reclamación tributaria, por no cumplir con requisitos formales exigidos en juicios de reclamación tributaria.
InadmisibleCasaciónTexto de la sentencia
Santiago, veintidós de octubre de dos mil doce.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que en este juicio sobre reclamo tributario, seguido ante la Dirección Regional Concepción del Servicio de Impuestos Internos, la defensa de la contribuyente Forestal San Pedro Limitada, interpuso recurso de casación en la forma en contra de la sentencia de segunda instancia, que confirmó el fallo de primer grado que rechazó la reclamación de autos.
Segundo: Que el recurso de nulidad formal se sustenta en que la sentencia en estudio incurre en la causal de invalidación consagrada en el artículo 768 Nº 5 del Código de Procedimiento Civil en relación con el requisito enumerado en el numero 4 del artículo 170 aludido cuerpo legal, por haberse omitido en el fallo recurrido el análisis y ponderación de los documentos acompañados al juicio; de modo que la sentencia carece de las consideraciones de hecho y de derecho que le sirven de fundamento, vicio que le ha causado un perjuicio reparable sólo mediante la invalidación del fallo recurrido.
Tercero: Que según se desprende de la norma del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en armonía con la del artículo 766 del mismo Código, en los juicios regidos por leyes especiales, como ocurre con el juicio de reclamación regulado por el Título II del Libro Tercero del Código Tributario, no procede el recurso de casación en la forma por la causal del Nº 5 del artículo 768 del código de enjuiciamiento en lo civil, a menos que se denuncie la omisión de decisión del asunto controvertido, por cuyo motivo el recurso planteado es inadmisible.
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma deducido en lo principal de la presentación de fojas 196 en contra de la sentencia de cuatro de septiembre de dos mil doce, escrita a fojas 194 vuelta.
Rol Nº 7.546-2012 Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Milton Juica A., Hugo Dolmestch U., Carlos Künsemüller L., Haroldo Brito C. y el abogado integrante Sr. Jorge Lagos G.
Autorizada por la Ministro de Fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a veintidós de octubre de dos mil doce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.
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