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Sentencia de tribunal superior · Poder Judicial
Rol 92044-2021

SII Diección Regional Metropolitana Santiago Norte/comercial Crimaxca SPA - Vuelve a Tabla

InadmisibleCasación
Tribunal
Corte Suprema
Rol
92044-2021
Fecha
13 de diciembre de 2021
Corte de origen
C.A. de Santiago
Sala
SEGUNDA, PENAL
Recurso
(CIVIL) CASACIÓN FONDO
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Ministros
Haroldo Brito Cruz (redactor) · Leopoldo Llanos Sagrista · Manuel Valderrama Rebolledo · Jorge Zepeda Arancibia · María Letelier Ramírez

Texto de la sentencia

Santiago, trece de diciembre de dos mil veintiuno.

Vistos y teniendo presente:

1° Que el abogado don Cristian Cáceres Ecalona, en representación del contribuyente Comercial Crimaxca SpA en lo principal de su líbelo dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago que revocó la de primer grado, dictada por el tribunal tributario y aduanero, que había acogido el reclamo en contra de las Resoluciones Exentas N° 242 y 252 de 4 de abril de 2018 y de 6 de abril de 2018 respectivamente.

2° Que por el recurso de nulidad sustantiva luego de hacer un análisis de la causa, así como de lo resuelto en las instancias respectivas y de su disconformidad con las conclusiones a las que se arribó en la sentencia objeto del líbelo, señala que se infringe el artículo 124 del Código Tributario, (no obstante que en el encabezado se habla del 194 del mismo cuerpo legal); transcribiendo el contenido de dicha norma así como aquella infracción se plasma en los considerandos de la sentencia del tribunal de alzada capitalino los que reproduce, citando un fallo en que la misma sala resolvió en un sentido contrario.

Primeramente refiere la infracción al artículo 132 del Código Tributario, señala que el Servicio de Impuestos Internos no presentó recurso alguno contra la resolución que acogió a trámite su reclamación, precluyendo en consecuencia el derecho a hacerlo con posterioridad, entendiendo que la infracción a esta norma se produce al resolver de distinta forma como lo había hecho con antelación, debiendo en consecuencia haber mantenido lo resuelto en primera instancia.

Finaliza solicitando que se acoja el recurso, se invalide la sentencia y que se dicte otra de reemplazo que acoja su reclamo invalidando las resoluciones objeto de su reclamo.

3° Que del propio tenor del escrito por el que se interpone el recurso de casación en estudio se pueden comprobar sus defectos, toda vez, que el líbelo descansa en la transcripción de las normas legales que entiende infringidas, así como en los considerandos cuestionados del fallo, expresando asimismo su disconfomidad con lo resuelto y las conclusiones a las que se arriba por los sentenciadores más que a una errónea interpretación del derecho.

4° Que como puede advertirse, el recurso carece de un desarrollo adecuado de las normas que entiende infringidas cuestión esencial a la luz de lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, desde que como se dijo precedentemente aquel descansa en la transcripción de preceptos legales y como el recurrente entiende que se apartó de la interpretación de ellos que él entiende es la correcta, pero sin que se señale claramente como aquella interpretación vulneró las normas que denuncia infringidas; -sin que altere lo anterior la sentencia a la que hace alusión el recurrente donde se dio otra interpretación a un caso similar-, por lo que a entender de esta Corte al carecer de fundamentos el recurso de casación en el fondo, debe ser declarado inadmisible de plano.

Por estas consideraciones y de conformidad además, con lo dispuesto en los artículos 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido en lo principal en contra de la sentencia de veintitrés de septiembre de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.

Al primer otrosí; estese a lo decidido; al segundo otrosí; a sus antecedentes y al tercer otrosí; téngase presente.

Regístrese y devuélvase.

Rol N° 92.044-21.

1

Descriptores

Inadmisibilidad del recurso de casación en el fondoServicio de Impuestos Internos (SII)Resolución administrativaReclamo tributarioError de derecho/Influencia sustancialTribunal Tributario y Aduanero (TTA)Falta de fundamentación de la causal invocada

Descriptores asignados por el Poder Judicial.

Normas citadas

CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 782
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