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Sentencia de tribunal superior · Poder Judicial
Rol 9387-2012

Inversiones Trafalgar LTDA. con Servicio de Impuestos Internos

Casación
Tribunal
Corte Suprema
Rol
9387-2012
Fecha
2 de enero de 2013
Corte de origen
C.A. de Valparaíso
Sala
SEGUNDA, PENAL
Recurso
(CIVIL) CASACIÓN FONDO
Resultado
INADMISIBILIDAD RECURSO DE NULIDAD
Ministros
Haroldo Brito Cruz · Lamberto Cisternas Rocha · Hugo Dolmestch Urra · Carlos Künsemüller Loebenfelder · Jorge Lagos Gatica

Texto de la sentencia

Santiago, dos de enero de dos mil trece.

Vistos y teniendo presente:

Primero: Que en este juicio sobre reclamo tributario, seguido ante la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio de Impuestos Internos, la defensa del contribuyente, Inversiones Trafalgar Limitada, interpuso recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de segunda instancia que revocó parcialmente lo resuelto en el fallo de primer grado, que en su oportunidad rechazó totalmente su reclamo.

Segundo: Que el recurrente sostiene que el fallo impugnado ha infringido los artículos 21 del Código Tributario, 31 de la Ley de Impuesto a la Renta y el inciso 2 ° del artículo 1.700 del Código Civil, por cuanto se ha sustentado el rechazo de su reclamación en que su parte no acreditó sus alegaciones, lo que no es efectivo, dado que estima haber probado que el tribunal no consideró las rendiciones y provisiones del año 2008.

Tercero: Que, sin embargo, del propio tenor del escrito por el que se interpone el recurso de casación en estudio se puede constatar que éste no reúne los requisitos formales que exige el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que no expresa la forma en que se habría producido la infracción que justificaría la nulidad sustantiva impetrada, al prescindir el recurrente y, por lo mismo, no estimar como transgredidas -señalando en qué consiste el error de derecho y de qué modo influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo- las normas decisorias de la litis en materia de Impuestos a la Renta de Primera Categoría y Reintegro, esto es, aquellas que producen el efecto de resolver la cuestión controvertida, no obstante que en sus planteamientos ha insistido en que se debió acoger el reclamo.

Cuarto: Que por tanto, al apartarse el recurso de las exigencias aludidas que son las que permiten a esta Corte conocer lo que en concepto de la recurrente constituye la infracción, no es posible dar curso a la impugnación.

Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en lo principal de fojas 162, en contra de la sentencia de cinco de noviembre de dos mil doce, escrita a fojas 150.

Regístrese y devuélvase.

Rol N° 9387-12 Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Hugo Dolmestch U., Carlos Künsemüller L., Haroldo Brito C., Lamberto Cisternas R. y el abogado integrante Sr. Jorge Lagos G.

Autorizada por la Ministro de Fe de esta Corte Suprema.

En Santiago, a dos de enero de dos mil trece, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.

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Descriptores

ReintegroAdmisibilidad del recurso de casación en el fondoServicio de Impuestos Internos (SII)No se denuncia infracción a la norma decisoria litisReclamo tributarioError de derecho/Influencia sustancialImpuesto a la Renta de Primera Categoría

Descriptores asignados por el Poder Judicial.

Normas citadas

CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 772
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